La Ley de 22 de marzo de 2004, también conocida como Ley de Titularización, contribuye al prestigio de Luxemburgo como domicilio preferido por los inversores extranjeros para acoger operaciones de titularización. Ha creado un marco jurídico y fiscal fiable que permite una sólida compartimentación dentro de los vehículos de titulización. En caso de insolvencia, los inversores pertinentes dentro de los subfondos disponen de recursos, ya que los activos y pasivos individuales están separados de los demás subfondos.
Esta información no pretende sustituir el asesoramiento fiscal o jurídico específico e individualizado. Le sugerimos que consulte su situación específica con un asesor fiscal o jurídico cualificado.