Los fideicomisos y las fundaciones son dos de los vehículos más populares para la protección de activos y la gestión del patrimonio, Este artículo sirve para proporcionar una mirada en profundidad a los fideicomisos y las fundaciones para que pueda decidir cuál se ajusta mejor a sus necesidades.
Breve descripción de los fideicomisos
El fideicomiso ha sido un elemento integral de la jurisdicción de derecho común desde el siglo XII. En esencia, describe la relación existente entre una persona que posee activos (fiduciario) en nombre de otra persona o grupo de personas (beneficiarios).
Un fideicomiso es una entidad jurídica que suele iniciarse cuando un individuo (fideicomitente) transfiere activos a un fideicomisario o a una empresa fiduciaria, cuya función principal es mantener los activos y preservar, o en algunos casos, aumentar su valor hasta que ese fondo fiduciario parcial o completo se distribuya a uno o todos los beneficiarios nombrados.
Mientras que el título legal está a nombre del fiduciario, los beneficiarios, como el término indica, serán las personas que se beneficiarán exclusivamente del fondo fiduciario. Por lo tanto, la función principal de un fideicomisario es mantener los activos en nombre de los beneficiarios.
Un fideicomiso debe estar regido por una escritura formal de fideicomiso que delimite los poderes administrativos y de disposición de los fideicomisarios, incluyendo los términos acordados con el fideicomitente y su/s asesor/es.
Hay diferentes tipos de fideicomiso. Un ejemplo es un fideicomiso en el que el fideicomitente puede desear que el fiduciario pague una renta a una persona durante toda su vida. También hay casos en los que el fideicomisario tiene plena discreción para tomar decisiones sobre el pago de capital y de ingresos.
Losfideicomisos que se fundan con el fin de planificar la sucesión de las familias se establecen de manera que los fideicomisarios puedan administrar el patrimonio después de la vida del fideicomitente, lo que a su vez garantiza que la familia del fideicomitente siga recibiendo ingresos después de su fallecimiento.
Por lo tanto, un fideicomiso tiene la capacidad de retrasar el momento en que los beneficiarios pueden tener derecho al patrimonio familiar. Esta estructura ayuda a evitar que el patrimonio disminuya de forma significativa hasta el momento en que los hijos se conviertan en adultos responsables que garanticen un gasto prudente del dinero.
Separar los activos del patrimonio personal de un individuo conlleva una serie de ventajas, como la protección contra las deudas personales y otras amenazas financieras. Además, un fideicomiso también puede suponer un importante ahorro fiscal en función de la legislación del lugar de domicilio del fideicomitente.
En esencia, los fideicomisos se diseñaron originalmente para la protección de los activos, la planificación del patrimonio y la sucesión.
Breve descripción de las fundaciones
La fundación es un concepto relativamente nuevo en algunas jurisdicciones de derecho común. Normalmente, la mayoría de las personas o familias utilizan los fideicomisos para la conservación de activos y la planificación de la sucesión. Por otro lado, las fundaciones se han utilizado para las mismas aplicaciones en las jurisdicciones de derecho civil.
En esencia, una fundación es una entidad jurídica constituida que puede utilizarse para conservar activos, estructurar el patrimonio y planificar la sucesión. No es ni una empresa ni un fideicomiso, aunque tiene algunas características inherentes a ambos. Una fundación no tiene accionistas ni propietarios, así como tampoco tiene requisitos a la hora de nombrar beneficiarios. Poco a poco se está convirtiendo en el vehículo de tenencia preferido, ya que separa los activos subyacentes del patrimonio personal de un individuo y queda fuera de los efectos del impuesto de sucesiones.
Las fundaciones son esencialmente estructuras huérfanas a las que recurren los fideicomisos benéficos o sin ánimo de lucro, los fideicomisos con fines de lucro y las empresas. También pueden utilizarse con fines no benéficos, como en el caso de la planificación de la sucesión de familias con un patrimonio muy elevado, lo que les permite desprenderse de activos que una fundación puede conservar para sus beneficiarios por el momento.
Las fundaciones pueden poseer todo tipo de activos, desde uno solo hasta varios. No hay limitaciones en cuanto a lo que puede poseer una fundación, aparte de los bienes inmuebles.
Estructura legal – Fundación vs. Fideicomiso
Fundación
- Se considera una entidad jurídica independiente, similar a una empresa.
- Puede contratar y tener activos en su propio nombre.
- También puede demandar o ser demandada en su propio nombre.
- Posee la titularidad legal y efectiva de los activos.
Confíe en
- No está categorizado como una entidad legal independiente.
- Los derechos y obligaciones legales recaen sobre el fideicomisario y no sobre el propio fideicomiso.
- Los fideicomisarios contratan en su propio nombre en nombre del fideicomiso.
- El fideicomisario puede demandar o ser demandado en su propio nombre, en lugar de que la acción sea emprendida por o contra el fideicomiso.
Establecimiento – Fundación vs. Fideicomiso
Fundación
- Debe estar inscrita formalmente en el registro o autoridad correspondiente en su jurisdicción de origen.
- El registro servirá como prueba de la incorporación de la fundación, y ha cumplido con los requisitos de la ley.
- El documento de la fundación legal o los estatutos son de acceso público. Los estatutos no tienen que revelar la identidad de los tutores, fundadores y beneficiarios.
Confíe en
- Un fideicomiso debe cumplir los siguientes requisitos en el momento de su constitución. Entre ellas, la demostración de la intención del fideicomitente de crear un fideicomiso y la identificación de sus beneficiarios.
- No es necesario registrarlo. Los documentos fiduciarios no tienen que hacerse públicos.
- La existencia de un fideicomiso puede ser confidencial.
Beneficiarios – Fundación vs. Fideicomiso
Fundación
- No necesita tener beneficiarios.
- Los beneficiarios tienen derechos limitados, a menos que el fundador otorgue derechos adicionales en virtud de la normativa vigente.
- Los beneficiarios no tienen acceso a la información sobre una fundación.
- Los beneficiarios no tienen intereses reales en una fundación, a menos que estén incluidos en su propio reglamento.
Confíe en
- Para que un fideicomiso sea válido, debe tener beneficiarios.
- En caso de que no haya beneficiarios, debe tener un ejecutor que garantice que el/los fideicomisario/s gestionan el fideicomiso de acuerdo con su propósito original.
- Los beneficiarios tienen intereses creados en los activos. Tienen derechos legales inherentes que pueden incluir el obligar a los fideicomisarios a realizar las acciones necesarias a través de los tribunales, y muchos más.
- Los beneficiarios tienen derecho a cierta información sobre el fideicomiso.
Financiación – Fundación vs. Fideicomiso
Fundaciones
- Se puede crear sin fondos iniciales.
- El fundador no está obligado a depositar fondos en la fundación, que nace automáticamente al registrarse.
Confíe en
- Se considera que el fideicomitente pasa los activos iniciales para formar un fideicomiso.
- Pueden incluirse activos adicionales más adelante o bajo asesoramiento profesional.
Gestión – Fundación vs. Fideicomiso
Fundación
- Tiene su propio consejo para gestionar sus asuntos.
- Uno de los miembros del consejo debe ser un proveedor de servicios de empresas fiduciarias o una empresa con sede en su propia jurisdicción.
- No hay un máximo fijo de miembros del consejo, pero el número puede establecerse en el reglamento de la fundación.
- Los miembros del Consejo deben ser mayores de 18 años y tener capacidad mental.
Confíe en
- El fiduciario es el principal responsable de la toma de decisiones y la gestión de un fondo fiduciario.
- El fiduciario puede ser una persona física o una entidad corporativa.
- Puede haber un fideicomisario más. Las decisiones tomadas en nombre del fideicomiso deben ser un acuerdo unificado de todos los fideicomisarios.
Deberes y responsabilidades – Fundación frente a Fideicomiso
Fundación
- Los miembros del Consejo asumen obligaciones y funciones similares a las del consejo de administración de una empresa.
- Los miembros del Consejo deben actuar de buena fe teniendo en cuenta los intereses de la fundación.
- Mostrar el cuidado, la diligencia y la destreza que personas razonablemente prudentes ejercerían en circunstancias similares.
- Los miembros del Consejo no tienen obligaciones similares a un deber fiduciario hacia los beneficiarios de una fundación.
Confíe en
- Los fideicomisarios tienen deberes más amplios para asegurar la protección y el mejor interés de los beneficiarios.
- Un fideicomisario debe actuar con la debida diligencia, como lo haría cualquier persona razonablemente prudente, en la medida de su capacidad y habilidad, ejerciendo acciones y decisiones de buena fe.
- Con sujeción a las condiciones vigentes de un fideicomiso, los fideicomisarios pueden tener la tarea de preservar o aumentar el valor de un fondo fiduciario.
- Algunas de las funciones de un fideicomisario pueden delegarse en otros terceros, como los gestores de inversiones. Sin embargo, la gestión global de su rendimiento recae sobre los hombros de un fideicomisario o fideicomisarios.
Activos que pueden tener las estructuras – Fundación vs. Fideicomiso
Fundación
- Posee todo tipo de bienes, excepto los inmuebles.
Confíe en
- Posee cualquier tipo de propiedad, excepto los bienes inmuebles.
Fiscalidad – Fundación vs. Fideicomiso
Fundación
- Tributan como entidades de tipo cero en la mayoría de las jurisdicciones. Esto significa que pagarán un impuesto del 0% sobre los ingresos y ganancias obtenidos fuera de su jurisdicción.
- El fundador puede tributar al dotar la fundación, o los impuestos sobre la distribución de la fundación que depende en gran medida de la posición fiscal del beneficiario.
Confíe en
- No hay que pagar impuestos para los fideicomisos siempre que no se realicen ingresos de los activos en su propia jurisdicción.
- Se debe obtener un asesoramiento fiscal específico en función del lugar en el que se establezca el fideicomiso.
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Esta información no pretende sustituir el asesoramiento fiscal o jurídico específico e individualizado. Le sugerimos que consulte su situación específica con un asesor fiscal o jurídico cualificado.