La propiedad inmobiliaria luxemburguesa funciona como un inestimable depósito de valor para los inversores. Es una base esencial para los ingresos y el crecimiento del capital debido a su valor de apreciación en el tiempo, lo que demuestra los rendimientos a largo plazo; por lo tanto, muchos inversores extranjeros se expanden incluyendo propiedades inmobiliarias en Luxemburgo un elemento crítico de sus carteras.
El Gran Ducado ofrece un entorno favorable en medio del malestar económico mundial. La fluidez más reciente del sector inmobiliario es la prueba de que el país presenta oportunidades de negocio gratificantes a largo plazo. De hecho, el crecimiento de este sector específico está mejorando continuamente como resultado de la introducción en el mercado de grandes empresas de otras potencias económicas, como Estados Unidos, Alemania y Francia. Cada vez más inversores privados encuentran atractiva la tendencia actual del mercado inmobiliario en Luxemburgo, con la afluencia de nuevos proyectos que revelan un futuro brillante y rentable.
Debido a las recientes mejoras y tendencias en el mercado de la inversión inmobiliaria, Luxemburgo ha adaptado nuevas estrategias para cumplir los requisitos normativos del sector inmobiliario, con el objetivo final de lograr un crecimiento sostenible. Luxemburgo ha desarrollado varios vehículos de inversión para diversificar las carteras de los inversores locales y extranjeros. Además, el gobierno promueve y mejora continuamente su ya flexible panorama fiscal y jurídico para atraer inversiones transfronterizas.
Los diferentes tipos de vehículos de inversión inmobiliaria en Luxemburgo
Fondos inmobiliarios
- Se rige principalmente por las circulares y leyes emitidas por la Comisión de Supervisión del Sector Financiero (CSSF) de Luxemburgo.
- Se rige principalmente por la Ley de 17 de diciembre de 2010 sobre Organismos de Inversión Colectiva (OIC ) y la Ley de 13 de febrero de 2007 sobre Fondos de Inversión Especializados (FSI )
- Los fondos de inversión inmobiliaria pueden adoptar las siguientes formas
1. Sociedad de inversión en capital variable (SICAV)
2. Sociedad de inversión en capital fijo (SICAF)
3. Fondo Común de Inversión (FCI)
4. Sociedad limitada (SCS)
5. Sociedad limitada especial (SCSp)
- Los fondos inmobiliarios, según la Ley de Organismos de Inversión Colectiva, pueden venderse a cualquier tipo de inversores.
- Los fondos de la Ley de Organismos de Inversión Colectiva de la Parte I pueden venderse a cualquier tipo de inversor en toda la UE, siempre que cumplan determinados procedimientos e inversiones.
- Los fondos de la Ley de Organismos de Inversión Colectiva de la Parte II deben cumplir con la normativa local del miembro respectivo, además de las restricciones de inversión vigentes.
- Los fondos de la Ley de Fondos de Inversión Especializados sólo pueden venderse a inversores bien informados, como los particulares de alto patrimonio para beneficiarse de la estructura de los fondos de inversión especializados (SIF ).
- Los vehículos inmobiliarios estructurados como Fondos de Inversión Especializados (FEI ) no están sujetos a las restricciones generales de inversión, dado que las dispersiones de riesgo se realizan a un nivel adecuado.
Inversiones inmobiliarias en forma de sociedad de inversión en capital riesgo (SICAR)
- Diseñado para inversores cualificados que invierten en capital privado y capital riesgo, no estando sujetos a las normas de diversificación de riesgos.
- No se considera un fondo según la Ley de Sociedades de Inversión en Capital Riesgo, Ley de 15 de junio de 2004.
- Puede establecerse en varios tipos según la ley luxemburguesa, incluyendo:
1. Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.A.R.L.)
2. Sociedad limitada (SCS)
3. Sociedad comanditaria por acciones (S.C.A.)
Empresa o sociedad inmobiliaria
- Se rige por la Ley de Sociedades Comerciales, de 10 de agosto de 1915.
- Puede establecerse en las siguientes formas jurídicas:
1. Sociedad limitada especial (SCSp)
2. Sociedad limitada (SCS)
3. Sociedad comanditaria por acciones (S.C.A.)
- Puede ser establecida por un pequeño grupo de inversores y una estructura de capital simple.
- Empresa inmobiliaria en forma de Soparfi o Sociedad Financiera de Luxemburgo.
- La empresa inmobiliaria en forma de Soparfi puede beneficiarse del régimen de exención de participación para las participaciones elegibles.
- Las empresas y sociedades inmobiliarias gozan de mayor flexibilidad, menos requisitos de constitución y costes operativos.
La inversión inmobiliaria como fondo de inversión alternativo (FIA)
- Se rige por la Directiva 2011/61 de la UE sobre gestores de fondos de inversión alternativos (GFIA) en Luxemburgo, según la Ley de GFIA de 12 de julio de 2013.
- Inversiones inmobiliarias constituidas al amparo de las leyes UCI, SIF, SICAR y de Sociedades Mercantiles.
- No requiere la aprobación de la Comisión de Supervisión del Sector Financiero (CSSF).
- Operar una estrategia de fondos dentro de un Fondo de Inversión Alternativo (FIA).
- No es necesario tener un gestor residente, ya que puede ser gestionado por un gestor de fondos de inversión alternativos autorizado en los países miembros de la UE y de la UEE.
Inversiones inmobiliarias Inversión en otros fondos inmobiliarios
- También llamados fondos inmobiliarios indirectos.
- Puede invertir en valores inmobiliarios cotizados en forma de inversiones de cartera.
- Puede figurar entre otros tipos de inversiones inmobiliarias, todas ellas realizadas en Luxemburgo.
La inversión inmobiliaria en forma de SICAR
- Por norma, una Sociedad de Inversión en Capital Riesgo (SICAR) no tiene capacidad para poseer bienes inmuebles. Sin embargo, las inversiones indirectas a través de personas jurídicas que posean o inviertan en bienes inmuebles que tengan características de capital de riesgo y las aportaciones de capital a empresas inmobiliarias pueden ser realizadas por una Sociedad de Inversión en Capital de Riesgo (SICAR).
- Las inversiones indirectas se refieren a las inversiones realizadas por una Sociedad de Inversión en Capital Riesgo (SICAR) que contribuyen a los cambios en el estado de un inmueble, lo que resulta en la apreciación de su valor.
- La creación de valor de un inmueble adopta diversas formas, como la mejora de los inmuebles mediante su renovación, la negociación de contratos, la renovación de inquilinos y la reestructuración de la cartera, entre otras muchas.
- Los inmuebles en forma de Sociedad de Inversión en Capital Riesgo (SICAR) pueden presentar potencialmente riesgos superiores a los de la evolución inmobiliaria normal en un mercado determinado.
- La ubicación geográfica de un inmueble que presenta ciertos riesgos políticos es insuficiente para cumplir con las características de capital de riesgo requeridas de una inversión, especialmente cuando no presenta ningún elemento significativo de desarrollo.
- Los requisitos de una inmobiliaria para ser calificada como Sociedad de Inversión en Capital Riesgo (SICAR) se rigen por la Circular CSSF 06/241 que delimita el concepto fundamental de capital riesgo.
Tenga en cuenta los regímenes fiscales aplicables al elegir una estructura empresarial para las inversiones inmobiliarias en Luxemburgo. Las inversiones inmobiliarias en forma de fondo común de inversión (FCP) y sociedades limitadas (SCS) son de naturaleza fiscalmente transparente. Las Soparfis, SICAVs y SICAFs tienen una naturaleza poco transparente en términos de fiscalidad.
Las inversiones inmobiliarias en forma de Instituciones de Inversión Colectiva, Fondo de Inversión Especial y Sociedad de Inversión en Capital Riesgo (SICAR) pueden crear estructuras paraguas, con múltiples subfondos de características distintas. Un fondo paraguas está clasificado como una sola entidad en términos legales. Por otro lado, los subfondos serán responsables de sus propios activos y pasivos.
La mayoría de los fondos inmobiliarios de Luxemburgo se rigen por la Ley de Fondos de Inversión Especializados y por el régimen SIF. Los inversores extranjeros eligen los fondos de inversión regulados frente a otras formas de inversión.
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Esta información no pretende sustituir el asesoramiento fiscal o jurídico específico e individualizado. Le sugerimos que consulte su situación específica con un asesor fiscal o jurídico cualificado.