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La sociedad de responsabilidad limitada simplificada (SARL-S) es una variante de la SARL tradicional (sociedad de responsabilidad limitada) y es relativamente nueva en el ámbito luxemburgués, ya que solo existe desde enero de 2017. La SARL-S (sociedad de responsabilidad limitada simplificada) es ideal para quienes se inician en la actividad empresarial por primera vez, ya que favorece el espíritu emprendedor al restringir las normas administrativas y apoya el crecimiento.

El SARL-S y el SARL son muy comparables y tienen muchas características en común. Pero el SARL-S difiere en los cuatro aspectos siguientes:

Capital social

Gracias a sus reducidos costes de establecimiento, la SARL-S ofrece una alternativa atractiva, especialmente para los jóvenes empresarios.

El capital mínimo exigido para la creación de una SARL-S oscila entre 1 y 12.000 euros. Puede hacerse en metálico o en especie (bienes). Por lo tanto, es muy posible crear una SARL-S con sólo 1 euro, pero laSARL-S se convierte en una SARL regular si su capital social supera ese umbral.

La SARL-S debe crear una reserva legal, y al menos el 5% de los beneficios netos anuales de una SARL-S deben destinarse al fondo de reserva. Este requisito es pertinente hasta que el fondo, sumado al capital inicial, alcance los 12.000 euros.

Es importante señalar que una ampliación o reducción de capital de una SARL-S requiere una modificación de los estatutos.

Accionistas

Sólo las personas físicas pueden ser accionistas de una SARL-S y, durante la inscripción del accionista en el RCS(Registro Mercantil y de Sociedades de Luxemburgo), debe comunicarse al RCS su número de identificación nacional.

Una persona física no puede ser accionista de más de una SARL-S para evitar la acumulación de constituciones de sociedades por un mismo particular. Sin embargo, si un particular desea convertirse en accionista de dos SARL-S, se convierte en responsable personal de las deudas de la segunda SARL-S.

Responsabilidad de los accionistas

La responsabilidad de los accionistas se limita a sus aportaciones. Pero, si un particular es accionista de varias SARL-S, se convierte en responsable de las SARL-S adicionales.

La SARL-S puede incluir de 1 a 100 accionistas, aunque este tipo de estructura empresarial es más adecuada para empresarios individuales. Si el número de accionistas de una SARL-S supera los 100, la SARL-S dispone de un año para cambiar su forma jurídica.

Las decisiones de los accionistas se toman en las juntas generales de accionistas. La junta general de accionistas decide sobre las modificaciones de los estatutos, los cambios en la denominación social, los cambios en el capital social, el nombramiento o cese de directivos y la liquidación de la empresa.

Los accionistas de la empresa tienen derecho a una parte de los beneficios.

Todos los accionistas pueden participar en el proceso de toma de decisiones. Y cada accionista tiene un número de votos igual al número de acciones que posee. Las decisiones son válidas por mayoría de votos que representen el 50 % del capital.

En las SARL-S con un único accionista, el propietario ejerce por sí solo los poderes otorgados a la junta general de accionistas.

Órgano de gestión

Una SARL-S está gestionada por uno o varios administradores elegidos por los accionistas, por un período limitado o ilimitado. La asamblea de accionistas representa el capital de la empresa y toma todas las decisiones relativas al capital de la empresa.

La dirección de la empresa es nombrada por los accionistas, ya sea en los estatutos o en una posterior junta general de accionistas.

Los administradores de una SARL-S tienen las mismas responsabilidades que los administradores de una SARL ordinaria

La administración diaria de la empresa, así como la representación de la misma en asuntos de gestión, puede encomendarse a uno o varios gerentes, directores u otros representantes que actúen solos o conjuntamente.

Licencia comercial

Las SARL-S sólo pueden ser creadas por personas físicas y para empresas (comerciales, artesanales, industriales y determinadas profesiones liberales de carácter intelectual) que requieran un permiso de actividad. La solicitud de licencia de actividad debe tramitarse en la Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa y Emprendedores del Ministerio de Hacienda. Y una vez constituidas, las SARL-S deben cumplir la normativa establecida en la Ley relativa a las licencias comerciales.

Límites de la SARL-S a en Luxemburgo

La constitución de una SARL-S aporta cierta flexibilidad a los empresarios, pero también incluye algunos obstáculos :

  • La SARL-S está destinada a personas físicas con permiso de actividad, y desde el principio excluye profesiones específicas, pero también a personas jurídicas que puedan desear convertirse en socios de la misma
  • Si bien algunos costes de puesta en marcha disminuyen, otros siguen corriendo a cargo de la SARL-S: tasas de registro, costes de obtención de los permisos de actividad, IVA, etc.
  • Debido a su reducido capital, una SARL-S puede adolecer de falta de credibilidad ante los proveedores, que pueden temer que la empresa no sea lo suficientemente sólida.

En definitiva, las SARL-S ocupan sin duda su lugar en Luxemburgo y entran en un período activo de diversificación económica.

Luxemburgo cuenta con un entorno vibrante y ágil para las empresas de nueva creación y, por ello, cada vez son más los emprendedores que se instalan en Luxemburgo para desarrollar sus actividades empresariales.

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