¿Qué es una SARL-S?
La Sociedad de Responsabilidad Limitada Simplificada o SARL-S es una estructura empresarial promulgada por el Parlamento de Luxemburgo el 13 de julio de 2016 como alternativa a la sociedad de responsabilidad limitada tradicional. Según el proyecto de ley 6777 de los diputados, la estructura empresarial más conocida como “empresa por 1 euro” está especialmente diseñada para actividades comerciales, industriales y artesanales.
Finalidad y objetivos
El objetivo de la introducción de la estructura empresarial SARL-S es seguir promoviendo el espíritu empresarial entre los jóvenes empresarios de Luxemburgo. Para ayudar a los empresarios en ciernes a entrar en el mercado luxemburgués, los costes asociados a la constitución de una empresa se reducen significativamente, mientras que los procesos están diseñados para ser más rápidos y eficaces.
Régimen fiscal/beneficios fiscales
Las SARL-S están sujetas al pago de las siguientes tasas e impuestos:
- Se aplica un tipo de impuesto sobre el patrimonio neto del 0,5% a las SARL-S con un valor unitario igual o inferior a 500 millones de euros.
- Una SARL-S estará sujeta al IVA si el volumen de negocios anual después de impuestos es inferior a 112.000 euros. Las SARL-S están obligadas a presentar sus declaraciones de IVA anualmente.
- Si el volumen de negocios anual, excluidos los impuestos, se sitúa entre los 112.000 y los 620.000 euros, las declaraciones del IVA deben presentarse trimestralmente.
- Por último, si el volumen de negocios anual, excluidos los impuestos, supera los 620.000 euros, la SARL-S debe presentar las declaraciones del IVA mensualmente.
- Los criterios para el cálculo del tipo impositivo de una SARL-S dependerán de factores como la naturaleza del activo inmobiliario y su ubicación. El tipo impositivo de un SARL-S suele oscilar entre el 0,7% y el 1%. Por norma, el impuesto sobre bienes inmuebles puede compensarse con el beneficio empresarial tras la declaración del impuesto sobre la renta, dado que la estructura gravada con el impuesto entra en la categoría de activos netos invertidos.
- Las personas físicas que dirigen una SARL-S están sujetas al impuesto sobre el patrimonio neto. El tipo impositivo mínimo está fijado en 535 euros y se calcula cada 1 de enero.
- Las SARL-S están obligadas a pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas. El tipo impositivo de las empresas se basará en los ingresos mundiales de una SARL-S, con un tipo impositivo efectivo global fijado en el 24,94%.
- La SARL-S goza de los mismos tratados de doble imposición que una sociedad de responsabilidad limitada tradicional.
- La tasa de registro fija, que asciende a 75 euros, deberá ser abonada por el solicitante directamente a la Autoridad de Derechos de Registro, Patrimonio e IVA.
- Cuando la renta imponible de una SARL-S no supere los 175.000 euros, el impuesto de sociedades se calculará a un tipo del 15%. Se impondrá un 17% sobre la renta de las empresas cuando los ingresos imponibles superen los 200.000 euros.
Ventajas de la creación y gestión de la SARL-S
- La constitución de la SARL-S está limitada a las personas físicas con participación restringida a un solo tipo de empresa.
- Por lo general, no se requiere una escritura notarial cuando se establece una SARL-S. El capital social mínimo se fija en 1 euro.
- Ofrece oportunidades de negocio para que las personas físicas extranjeras constituyan una empresa en Luxemburgo.
¿A quién va dirigida una SARL-S?
El proyecto de ley 6777 de los diputados pretende impulsar la creación de entidades jurídicas por parte de los jóvenes empresarios en Luxemburgo. Sólo las personas físicas pueden ser accionistas de una SARL-S. Una persona física sólo puede asumir el papel de accionista de una SARL-S a la vez. Una excepción a esta regla es cuando las acciones se transfieren a un accionista de la SARL-S tras el fallecimiento de otro accionista. Por último, una SARL-S sólo puede tener una persona física que ejerza de gestor, y no entidades jurídicas como empresas u organizaciones.
Marco jurídico
La estructura empresarial de la SARL-S es ampliamente conocida por su eslogan “Un euro, una persona, un día”. El objetivo principal de la constitución de la SARL-S es impulsar a los empresarios principiantes con recursos financieros limitados a constituir con éxito una empresa de forma rápida y eficaz. La constitución de una SARL-S no requiere un gran capital social para su mantenimiento y funcionamiento a largo plazo.
Coste de incorporación
Para constituir una SARL-S, el capital social mínimo dependerá de la forma jurídica específica que una persona física pueda elegir para operar su negocio en Luxemburgo. La creación de una SCA o SA requiere un capital social mínimo de 31.000 euros, mientras que el requisito de capital social mínimo de una SARL tradicional es de 12.5000 euros.
El capital social mínimo puede consistir en aportaciones en especie, como activos no valorables económicamente, pero excluyendo las aportaciones de trabajo y/o servicios.
Normas y reglamentos
- Una SARL-S sigue el mismo conjunto de regímenes fiscales y jurídicos de una sociedad de responsabilidad limitada tradicional.
- Un accionista de la SARL-S puede recibir (i) un salario totalmente imponible, (ii) Dividendos parcialmente exentos, (iii) otras renumeraciones totalmente imponibles en virtud de un acuerdo de servicio específico se considerarán ingresos imponibles a nivel corporativo.
- Las declaraciones del impuesto de sociedades deben presentarse antes del 31 de mayo del siguiente ejercicio fiscal.
- En el caso de la facturación de una SARL-S, cuando el total de activos y el número de empleados superan un determinado valor, se debe presentar un informe de auditoría anual.
- Presente los estatutos y la prueba de inscripción en el RCS a su banco preferido y abra una cuenta bancaria para la SARL-S.
- En un plazo de 30 días desde el inicio de la actividad, los estatutos se publicarán en el diario oficial de Luxemburgo.
Administración de la empresa
- El propietario de una empresa puede cambiar la estructura empresarial después de un periodo predeterminado y pasar a una sociedad de responsabilidad limitada tradicional y a otras formas jurídicas.
- Una SARL-S debe llevar una licencia de operaciones comerciales para hacer negocios en Luxemburgo.
- Sólo las personas físicas pueden constituir una sociedad de responsabilidad limitada simplificada en Luxemburgo. Los miembros están obligados a seguir la responsabilidad de los accionistas restringida a una empresa.
- Las SARL-S están obligadas a pagar una cuota de reserva anual del 5% del total de los beneficios anuales.
- El fundador de la SARL-S debe disponer de una fianza que constituya el 5% del beneficio neto calculado anualmente hasta alcanzar el importe de 12.394,68 euros.
¿Por qué abrir una SARL-S en Luxemburgo?
Una sociedad de responsabilidad limitada simplificada ofrece una serie de ventajas para las personas jurídicas extranjeras que se plantean abrir un negocio en Luxemburgo. Además del acceso a un mercado económico y financiero muy estable, nuestros expertos de Damalion pueden explicarle en profundidad las numerosas ventajas de constituir una SARL-S en el Gran Ducado.
Requisito de acciones mínimas – Un inversor extranjero que desee constituir una sociedad de responsabilidad limitada simplificada necesitará al menos 200 euros para garantizar la creación de la empresa sin problemas. La SARL-S está diseñada específicamente para reducir los requisitos de capital mínimo.
Creación de empresas eficiente: ideal para los inversores que desean abrir una empresa en Luxemburgo sin tener que pasar por los típicos trámites burocráticos y el complejo proceso de constitución.
Requisitos de garantía poco estrictos – Normalmente, las instituciones financieras, como los bancos, exigen una garantía personal de un accionista antes de aprobar un préstamo a una sociedad de responsabilidad limitada simplificada. Por otro lado, los particulares o las empresas que tratan con SARL-S no necesitan garantías, lo que deja intacto el elemento de responsabilidad limitada.
Por último, los gestores de la SARL-S no serán responsables siempre que el gestor supervise todas las operaciones comerciales de conformidad con la ley y los estatutos de la empresa.
Esta información no pretende sustituir el asesoramiento fiscal o jurídico específico e individualizado. Le sugerimos que consulte su situación específica con un asesor fiscal o jurídico cualificado.
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